28/09/2020

Consumo informa de que las mascarillas KN95 dejarán de venderse desde el 1 de octubre

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La Consejería de Empresa, Industria y Portavocía informa de que las mascarillas KN95 dejarán de venderse desde el 1 de octubre. El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo autorizó la comercialización de manera temporal hasta el 30 de septiembre de 2020 de diversos tipos de mascarillas, equipos de protección individual (EPIS) que no contaban con el certificado oficial de la Comunidad Europea por problemas de abastecimiento de mascarillas homologadas por la Unión Europea.

Las mascarillas KN95 ofrecen un nivel adecuado de protección conforme a los requisitos esenciales de salud y seguridad, pero una vez finalizado el plazo y no habiéndose producido hasta el momento prorrogas deberán desaparecer del mercado todas aquellas mascarillas y EPIS con especificaciones técnicas diferentes a las normas armonizadas de la Unión Europea y que consecuentemente no dispongan del marcado CE.

La directora general de Consumo y Artesanía, Carolina Espinosa, explicó que “este tipo de mascarillas fueron homologadas de manera provisional y son equivalentes a las FFP2. En concreto, la KN95 cumple la norma china y la FFP2 la europea, pero el nivel de protección es equivalente. Los ciudadanos no tienen de que preocuparse ya que el suministro y la calidad de las mascarillas que se comercializan en la actualidad siguen todos los controles de calidad de Consumo exigidos por la Unión Europea”.

Esta medida afectará también a otras mascarillas incluidas en la resolución, en concreto, las estadounidenses NIOSH-42CFR84, de tipo N95, R95 y P95; las chinas GB2626-2006; las australianas AS/NZ 1716:2012; las coreanas KMOEL - 2017-64, y las japonesas Japan JMHLW-Notification 214, 2018.

A partir del 1 de octubre solo podrán comercializarse en las tiendas las mascarillas que lleven la marca europea CE, cuando se trate de EPIS, aunque los ciudadanos que ya las hubieran adquirido podrán seguir utilizándolas.

Esta medida no afecta a las mascarillas higiénicas que tienen una regulación específica en la Orden SND/354/202, de 19 de abril, por la que se establecen medidas excepcionales para garantizar el acceso de la población a los productos de uso recomendados como medidas higiénicas para la prevención de contagios por la COVID19 (BOE 19 de abril de 2020).

Fuente: CARM 

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