La Consejería de Salud recuerda la importancia de extremar las medidas de higiene en lo relativo a la manipulación de alimentos para evitar posibles contagios por coronavirus. Aunque la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) ha indicado que no hay pruebas de que los alimentos puedan ser una fuente o una vía de transmisión del virus, sí pueden ser el vehículo de trasmisión entre personas, ya que existe la posibilidad de que alguien infectado pueda contaminar los alimentos al prepararlos o manipularlos con las manos o al exponerlos a las gotitas respiratorias de Flügge, que se producen al hablar, toser y estornudar.
Con objeto de garantizar la salud de los ciudadanos, el servicio de Seguridad Alimentaria y Zoonosis de la Dirección General de Salud Pública y Adicciones está realizando controles sobre la aplicación de la normativa sobre Seguridad Alimentaria, incidiendo especialmente en la correcta aplicación de estas buenas prácticas, además del habitual control documental sobre trazabilidad, condiciones higiénico-sanitarias de procesos, locales, instalaciones, y equipos.
Este servicio mantiene su programa de actuaciones de control oficial, con prioridad sobre el sector del envasado hortofrutícola, donde es inminente el inicio de temporada, ya que puede producirse la aglomeración de personal en sus naves de selección. Igualmente se está incidiendo en el control de grandes superficies, supermercados, almacenamiento y distribución de productos alimenticios, lonjas de pescado, mataderos de salas de despiece, de establecimientos de comidas preparadas con servicio de reparto domicilio.
En la situación actual de estado de alarma provocado por la COVID-19, el sector de la alimentación se sitúa en un marco estratégico y de servicio esencial, de los pocos que no pueden dejar de prestar servicio a los ciudadanos, por lo que es primordial conseguir las máximas garantías en seguridad alimentaria.
Por tanto, resulta fundamental extremar la higiene de los procesos y en especial la referida personal manipulador, que se detalla en la ´Guía de buenas prácticas para los establecimientos del sector comercial’, elaborada por la Secretaría de Estado de Comercio y el Ministerio de Sanidad y que se puede descargar en su web.
Esta guía da respuesta a las inquietudes y dudas generadas en el sector comercial, ayudándoles a adoptar las medidas más adecuadas que garanticen la seguridad del personal y del cliente.
En ella se resumen las recomendaciones para los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos farmacéuticos, sanitarios, centros o clínicas veterinarias, ópticas y productos ortopédicos, productos higiénicos, prensa y papelería, combustible para automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, comercio por internet, telefónico o correspondencia, tintorerías y lavanderías, y el ejercicio profesional de la actividad de peluquería de acuerdo con lo establecido por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria.
Por otra parte, también está disponible en la página de web de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aesan) un nuevo buscador de declaraciones nutricionales y de propiedades saludables para que los consumidores y los operadores alimentarios puedan contar con un buscador sencillo de usar que les ayude a familiarizarse con las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables que figuran en los alimentos que se comercializan en nuestro país.
Fuente: Carm